Edictos y Avisos Legales
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN NÚMERO 000291 DE 16 DE MAYO 2025“Por la cual se le otorga el Reconocimiento Deportivo a la Liga de Pádel de Bogotá”
EL DIRECTOR TÉCNICO DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DEL MINISTERIO DEL DEPORTE
En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 52 de la Constitución Política de Colombia, los numerales 19, 20, 21 y 22 del artículo 15 del Decreto 1670 de 2019, en concordancia con lo previsto en el numeral
30 del artículo 4º. de la Ley 1967 de 2019 y artículos 34 y siguientes del Decreto 1228 de 1995, Resolución No. 000264 del 30 de abril de 2025, y;
CONSIDERANDO
Que mediante la Ley 1967 del 11 de julio 2019 se transformó el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) en el Ministerio del Deporte.
Que el Ministerio del Deporte tiene como objetivo, dentro del marco de sus competencias y de la ley, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física, para promover el bienestar, la calidad de vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión social, a la conciencia nacional y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los actores públicos y privados.
Que la señora Paula Andrea Viteri Villamarin, identificado con cédula de ciudadanía No. 52.800.308 en su condición de representante legal de la Liga Pádel de Bogotá, solicitó el otorgamiento del reconocimiento deportivo del organismo que representa, para lo cual allegó la documentación legal exigida para el efecto.
Que la señora Paula Andrea Viteri Villamarin remitió los documentos que soportan la elección de los miembros de la estructura funcional del organismo deportivo, para el periodo estatutario comprendido entre el 29 de enero de 2025 al 28 de enero de 2029, según Auto No. 2602 de 28 de febrero de 2025, proferida la Secretaría de Cultura, Recreación y Deportes de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, de las siguientes personas:
ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN
NOMBRE: PAULA ANDREA VITERI VILLAMARIN CARGO: PRESIDENTE ELEGIDO POR: ASAMBLEA
NOMBRE: STEFANIA SUA VILLAMARIN CARGO: SECRETARIA ELEGIDO POR: ASAMBLEA
NOMBRE: MICHAEL BLANCO ARÉVALO CARGO: TESORERO ELEGIDO POR: ASAMBLEA
ÓRGANO DE CONTROL
NOMBRE: SERGIO ALBERTO GRANADOS HERNÁNDEZ CARGO REVISOR FISCAL PRINCIPAL
Que una vez estudiada la documentación aportada, la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Deporte, establece que la Liga Pádel de Bogotá, cumple con los requisitos legales y sus propios estatutos.
Que es función del Ministerio del Deporte velar por el estricto cumplimiento de todas las disposiciones legales vigentes en materia deportiva y reconocer a todos aquellos organismos deportivos que cumplan con los preceptos legales.
Que, la Dirección de Inspección Vigilancia y Control, está facultada para expedir el presente acto administrativo de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del memorando interno No. 2021IE0005613 denominado “Concepto sobre competencia para suscribir las resoluciones sobre personería jurídica de entes deportivos, reconocimiento deportivo y aprobación de estatutos.”, expedido por parte de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Deporte, el cual insta a lo siguiente:
“(…) A pesar de que el Ministro haya suscrito tales resoluciones anteriormente, a partir de la fecha la Dirección de Inspección Vigilancia y Control deberá realizarlo, de conformidad con los numerales 12, 13, 14, 15, 17, 19 y 20 del artículo 15 del Decreto 1670 de 2019”.
En consideración a lo expuesto anteriormente;
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar el reconocimiento deportivo a la Liga Pádel de Bogotá, por haber cumplido con todos los requisitos legales.
ARTÍCULO SEGUNDO: El reconocimiento deportivo otorgado a la Liga Pádel de Bogotá, será válido por el término de cinco (5) años,
contados a partir de la ejecutoria de esta Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar la presente resolución al representante legal de la Liga Pádel de Bogotá.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el presente acto administrativo al a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y al Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD.
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición y de apelación, los cuales deberán interponerse por escrito con la debida sustentación dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo señalado en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de su ejecutoria. NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
FABIÁN DARÍO ROMERO MORENO
Director Técnico (E)) de Inspección, Vigilancia y Control
Ministerio del Deporte
Revisó:
Nancy Paola Villamizar Lamus. Coordinadora GIT Deporte Aficionado
Proyectó:
Mónica Tatiana Pedroza – Abogada contratista GIT Deporte Aficionado
FIRMADO
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