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Edictos y Avisos Legales





RESOLUCIONES

3 de septiembre de 2025

RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN NÚMERO 000291 DE 16 DE MAYO 2025“Por la cual se le otorga el Reconocimiento Deportivo a la Liga de Pádel de Bogotá”  

EL DIRECTOR TÉCNICO DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DEL  MINISTERIO DEL DEPORTE 

En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el  artículo 52 de la Constitución Política de Colombia, los numerales 19, 20, 21 y 22 del  artículo 15 del Decreto 1670 de 2019, en concordancia con lo previsto en el numeral  

30 del artículo 4º. de la Ley 1967 de 2019 y artículos 34 y siguientes del Decreto 1228  de 1995, Resolución No. 000264 del 30 de abril de 2025, y; 

CONSIDERANDO 

Que mediante la Ley 1967 del 11 de julio 2019 se transformó el Departamento  Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del  Tiempo Libre (Coldeportes) en el Ministerio del Deporte. 

Que el Ministerio del Deporte tiene como objetivo, dentro del marco de sus competencias  y de la ley, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes,  programas y proyectos en materia del deporte, la recreación, el aprovechamiento del  tiempo libre y la actividad física, para promover el bienestar, la calidad de vida, así como  contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión social, a la  conciencia nacional y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los  actores públicos y privados. 

Que la señora Paula Andrea Viteri Villamarin, identificado con cédula de ciudadanía No. 52.800.308 en su condición de representante legal de la Liga Pádel de Bogotá, solicitó  el otorgamiento del reconocimiento deportivo del organismo que representa, para lo cual  allegó la documentación legal exigida para el efecto. 

Que la señora Paula Andrea Viteri Villamarin remitió los documentos que soportan la  elección de los miembros de la estructura funcional del organismo deportivo, para el  periodo estatutario comprendido entre el 29 de enero de 2025 al 28 de enero de 2029, según Auto No. 2602 de 28 de febrero de 2025, proferida la Secretaría de Cultura,  Recreación y Deportes de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, de las siguientes personas:

ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN

NOMBRE: PAULA ANDREA VITERI VILLAMARIN CARGO: PRESIDENTE ELEGIDO POR: ASAMBLEA

NOMBRE: STEFANIA SUA VILLAMARIN CARGO: SECRETARIA ELEGIDO POR: ASAMBLEA

NOMBRE: MICHAEL BLANCO ARÉVALO CARGO: TESORERO ELEGIDO POR: ASAMBLEA

ÓRGANO DE CONTROL

NOMBRE: SERGIO ALBERTO GRANADOS HERNÁNDEZ CARGO REVISOR FISCAL PRINCIPAL

Que una vez estudiada la documentación aportada, la Dirección de Inspección, Vigilancia  y Control del Ministerio del Deporte, establece que la Liga Pádel de Bogotá, cumple con  los requisitos legales y sus propios estatutos.  

Que es función del Ministerio del Deporte velar por el estricto cumplimiento de todas las  disposiciones legales vigentes en materia deportiva y reconocer a todos aquellos  organismos deportivos que cumplan con los preceptos legales. 

Que, la Dirección de Inspección Vigilancia y Control, está facultada para expedir el  presente acto administrativo de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del  memorando interno No. 2021IE0005613 denominado “Concepto sobre competencia para  suscribir las resoluciones sobre personería jurídica de entes deportivos, reconocimiento  deportivo y aprobación de estatutos.”, expedido por parte de la Oficina Asesora Jurídica  del Ministerio del Deporte, el cual insta a lo siguiente: 

“(…) A pesar de que el Ministro haya suscrito tales resoluciones anteriormente,  a partir de la fecha la Dirección de Inspección Vigilancia y Control deberá  realizarlo, de conformidad con los numerales 12, 13, 14, 15, 17, 19 y 20 del  artículo 15 del Decreto 1670 de 2019”. 

En consideración a lo expuesto anteriormente; 

RESUELVE: 

ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar el reconocimiento deportivo a la Liga Pádel de  Bogotá, por haber cumplido con todos los requisitos legales.  

ARTÍCULO SEGUNDO: El reconocimiento deportivo otorgado a la Liga Pádel de  Bogotá, será válido por el término de cinco (5) años,  

contados a partir de la ejecutoria de esta Resolución. 

ARTÍCULO TERCERO: Notificar la presente resolución al representante legal de la  Liga Pádel de Bogotá. 

ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el presente acto administrativo al a la Secretaría  Distrital de Cultura, Recreación y Deporte de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y al Instituto Distrital de Recreación  y Deporte – IDRD.  

ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente resolución proceden los recursos de  reposición y de apelación, los cuales deberán interponerse  por escrito con la debida sustentación dentro de los diez  (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo  señalado en el artículo 76 del Código de Procedimiento  Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). 

ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de su ejecutoria. NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 

FABIÁN DARÍO ROMERO MORENO 

Director Técnico (E)) de Inspección, Vigilancia y Control 

Ministerio del Deporte

Revisó: 
Nancy Paola Villamizar Lamus. Coordinadora GIT Deporte Aficionado

Proyectó: 
Mónica Tatiana Pedroza – Abogada contratista GIT Deporte Aficionado

FIRMADO

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