Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
Consejo Seccional de la Judicatura del Magdalena
Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Ciénaga, Magdalena
REF: PROCESO VERBAL SUMARIO DE RESTITUCION DE BIEN INMUEBLE seguido por INDUSTRIAS MARTINICAS EL VAQUERO S.A.S. contra ELVIN YESID DAZA FRAGOZO. RAD. 47- 189-40-89-002-2024 00052-00.
LA SUSCRITA SECRETARIA DE JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE CIÉNAGA – MAGDALENA
HACE SABER:
Que en el VERBAL SUMARIO DE RESTITUCION DE BIEN INMUEBLE seguido por INDUSTRIAS MARTINICAS EL VAQUERO S.A.S. contra ELVIN YESID DAZA FRAGOZO. RAD. 47- 189-40-89 002-2024 00052-00. En ejecución, mediante providencia fechada de 16 de marzo de 2026, se resolvió:
PRIMERO: APORBAR el avalúo de los bienes del demandado representados en mercancía (pirotecnia), en la suma de $30.091.027.00. moneda legal colombiana.
SEGUNDO: FIJAR como fecha para que se lleve a cabo el remate en pública subasta de los bienes en mención, el miércoles veintinueve (29) de abril de dos mil veintiséis
(2026) a las dos (02:00 p.m.) de manera virtual. TERCERO: ANUNCIAR al público la diligencia de remate en los términos previstos en el artículo 450 del CGP. Una vez se publique, se deberá aportar al expediente copia informal de la página del periódico o la constancia del medio de comunicación en que
se haya hecho la publicación. Los anteriores trámites serán asumidos por la parte ejecutante, a quien se le REQUIERE para que aporte la documental solicitada con la
antelación debida. CUARTO: Por secretaría elabórese el cartel del remate, en los términos previstos en el artículo 450 del C.G.P.
QUINTO: INFORMAR que será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, y postor hábil que consigne el 40% del mismo.
SEXTO: ADVERTIR que la diligencia de remate se realizará de manera virtual y mediante el aplicativo MICROSOFT TEAMS, conforme las indicaciones expuestas en
la parte motivan de esta providencia. Se advierte a la parte interesada que la mencionada audiencia será realizada de manera
virtual por la plataforma Microsoft Teams, garantizando los principios de transparencia, integridad y autenticidad, para lo cual las partes interesadas deberán indicar a este despacho los correos electrónicos a los cuales se les hará Para efectos del artículo 450 del C.G.P., se fija el presente aviso el día 17 de marzo de 2026,
en el micro sitio web de este despacho en la página web de la Rama Judicial, en el ítem “REMATES” y en la cartelera física del Despacho.
Atentamente,
Nacirys Acosta Rodríguez
Secretaria (HAY FIRMA)
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