Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
RAMA JUDICIAL
REPUBLICA DE COLOMBIA
Consejo Superior de la Judicatura
Rama Judicial del Poder Público
Consejo Seccional de la Judicatura de Boyacá
Juzgado Promiscuo Municipal
Tinjacá - Boyacá
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE TINJACÁ (BOYACA)
COMUNICA:
Que en el procso Declarativo Especial Divisorio con radicado 158084089001-2023-0057, instaurado por las señoras ROSALINA RUIZ HERNÁNDEZ, GLORIA INÉS RUIZ HERNÁNDEZ, JOSE RIGOBERTO RUIZ HERNÁNDEZ, MARIA GLADYS RUIZ HERNANDEZ y MARIA VIRGELINA RUIZ DE SIERRA en contra de la señora LEIDY YULIETH HERNANDEZ RODRIGUEZ, en audiencia de fecha veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025), se señaló el día martes treinta (30) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), a las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.) como fecha y hora para llevar a cabo la Diligencia de Remate del siguiente bien inmueble:
Inmueble denominado "LOTE DE TERRENO", ubicado en la vereda Siativa del municipio de Tinjacá, identificado con cédula catastral No. 000000050030000 y matrícula inmobiliaria No. 072-87928 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Chiquinquirá con una extensión de ocho mil seiscientos sesenta y seis metros cuadrados (8.666 m2) y en ella un área construida de diecisiete metros cuadrados (17 m2), predio ubicado dentro de los siguientes linderos: "Desde un mojón de piedra que está al pie de una mata de tuno, sigue por una zanja arriba a dar a una mata de mortiño, sigue a un mojón de piedra, de aquí a otro mojón que está en una loma llamada El Volado, colindando por este costado con terrenos de herederos de Carmen Ramírez; vuelve por la cabecera a ar a un mojón de piedra que está al pie de una mata de arrayán colindando con terrenos de Eleuterio Santamaria, de aquí baja en línea recta a dar a una mata de Saus y de esta al primer lindero colindando con terrenos de Paz Aponte".
El referido bien inmueble está avaluado en la suma de SESENTA Y UN MILLONES DE PESOS ($61.000.000.oo) M/CTE. La base para hacer postura en el presente remate corresponde al setenta por ciento (70%) del avalúo, es decir, la suma de CUARENTA Y DOS MILLONE SETECIENTOS MIL PESOS ($42.700.000.oo), de conformidad con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 411 del Código General del Proceso.
La diligencia de remate se realizará de manera virtual a través de la plataforma Microsoft Teams, o la que disponga el Consejo Superior de la Judicatura.
La licitación empezará a la hora antes indicada y no se cerrará sino transcurrida una (1) hora por lo menos, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del inmueble, previa consignación del cuarenta por ciento (40%) del valor de la base para hacer postura. Los interesados podrán presentar sus posturas, en los términos previstos para el efecto en el artículo 451 el Código General del Proceso.
Las consignaciones se realizarán en el Banco Agrario de Colombia S.A., oficina del municipio de Sutamarchán, en la cuenta de depósitos judiciales del Juzgado Promiscuo Municipal de Tinjacá No. 158082042001.
El presente aviso se elabora para ser publicado conforme lo previsto en el artículo 450 del C.G.P., será publicado por una sola vez el día domingo, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad, como La República o El Tiempo.
Los auxiliares de la justicia INVERSIONES RODRÍGUEZ Y ARAQUE S.A.S. - INROAR S.A.S. actúan como secuestre en el proceso. Celular 3214302077, 3107984802 y 3144485768 correo electrónico: inroarsas.boyaca@gmail.com inroarsas@gmail.com
Se expide en Tinjacá (Boyacá) a los nueve (9) días del mes de septiembre de dos mil veinticinco (2025) en cumplimiento de lo dispuesto en audiencia de fecha veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025).
HERNANDO PORRAS MUÑOZ
Secretario
Firmado por
Hernando Porras Muñoz
Secretario
Juzgado Municipal
Juzgado Promiscuo Municipal
Tinjaca - Boyaca
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de Verificación: c82db1a2Od19a2e9789a015f2275b77cd05246e1f2095113c75fe336716718f2c0e
Documento generado en 09/09/2025 11:56:24 AM
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