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  • Johnny Giraldo López

sábado, 10 de febrero de 2018

Maf constructora ganó pleito ante la superindustria

La empresa Maff Construcciones SAS solicitó el registro de la marca Maff Juntos Construimos (mixta) ante la Dirección de Signos Distintivos en las Superintendencia de Industria y Comercio.

La inscripción del signo solicitado pretendía distinguir los servicios de la clase 37 de la Clasificación Internacional de Niza. Esta categoría cobija la construcción de edificios industriales, comerciales y otras estructuras.
La Constructora tiene 84 meses de experiencia y es conocida porque ha construido un total de 4.780 metros cuadrados. Allí se han albergado a aproximadamente 224 familias.

Frente a ese registro, la empresa aseguradora Maf Colombia SAS se opuso basada en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina. En su opinión, los nombres confrontados tenían similitudes ortográficas, lo cual implica que no pueden coexistir en el mercado.
La Dirección procedió a hacer el análisis comparativo y determinó que no hay una conexidad competitiva entre las partes porque la solicitante presta servicios de construcción y la opositora presta servicios financieros.

El Director de Signos, Juan Manuel Serrano, concluyó que la oposición es infundada, registró Maff Juntos Construimos y notificó a las partes que aún pueden apelar la decisión.

LOS CONTRASTES

  • Édgar Iván LeónProfesor de Juriprudencia en la Universidad del Rosario

    “El solicitante registra un signo que cubre actividades inmobiliarias, mientras que el opositor dispone de una serie de marcas relacionadas con el financiamiento comercial. La decisión es acertada”.

  • Álvaro RamírezCEO de BR Latin American IP

    “Ambos signos pueden coexistir en el mercado, en tanto los productos que cada uno busca identificar no tienen conexidad, lo que elimina cualquier riesgo de confusión”

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