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Marcas

Chanel no detuvo el registro de la marca Castle House No. 5 en la Superintendencia

Chanel Sarl argumentó que su marca No. 5 es altamente reconocida en el mercado y el registro de la solicitada podría generar confusión.

19 de julio de 2022

Nicolás Escobar Escobar

nescobar@larepublica.com.co

Alpina
Canal de noticias de Asuntos Legales

Bodegas Santa Lucía S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Castle House No. 5 (Nominativa) para distinguir productos comprendidos en la clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota bebidas alcohólicas con excepción de cervezas, bebidas alcohólicas de malta, entre otros.

Luego de la solicitud, Chanel Sarl, presentó oposición argumentando que su marca No. 5 es sumamente famosa en el mercado a nivel mundial, gozando así de reconocimiento por ser uno de los símbolos fashion con mayor prestigio.

Entonces, la opositora argumento que al usar la expresión notoria No. 5 se generaría un inevitable riesgo de confusión y de asociación con la marca de Chanel.

“Frente a los signos se presenta un inminente riesgo de confusión indirecta y, por lo tanto, de asociación del origen empresarial. El riesgo de asociación en este caso se acentúa por la reproducción del principal elemento que compone la marca”, dijo.

Dentro del término concedido para tal efecto, la sociedad Bodegas Santa Lucía S.A.S. no dio respuesta a la oposición, por lo que la SIC procedió a realizar el examen de registrabilidad teniendo en cuenta los argumentos presentados.

Luego de su análisis, la entidad determinó que el signo solicitado no se encuentra inmerso en ninguna de las causales de irregistrabilidad. Además, también encontró que no hay indicios que permitan inferir que el signo solicitado tiene como finalidad perpetrar, facilitar o consolidar algún acto de competencia desleal en el mercado.

“Esta Dirección ha establecido que el signo Castle House No. 5 (Nominativa) solicitado para registro posee la capacidad distintiva suficiente para identificar los productos solicitados en la clase 33 internacional”, manifestó la Superintendencia.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo Varela Socio de Cavelier Abogados

    “Al opositor se le olvidaron las pruebas. Una oposición con fundamento en la notoriedad de las marcas sin pruebas no iba a llegar a ningún lado”.

Por otra parte, la autoridad explicó que, pese a que la opositora invocó la causal de irregistrabilidad, no se allegaron elementos probatorios que permitan establecer la notoriedad del signo. Por esta razón, la sociedad opositora no probó el estatus de marca notoria, con lo que la Superintendencia no procedió a analizar el signo solicitado con el su opositor.

Así, la SIC declaró infundada la oposición interpuesta por Chanel Sarl y concedió el registro de la marca Castle House No. 5 en la clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza.

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