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  • Luz Karime Grajales Cardona

miércoles, 28 de agosto de 2019

La Superindustria consideró que la solicitud imitaba la denominación de origen

Fabio Hernán Zarama Bastidas solicitó el registro de la marca Mocana Café ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para identificar café, té, cacao, productos de pastelería y confitería, servicios de alimentación, entre otros.

A la solicitud se opuso la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia (Fedecafé) para defender las denominaciones de origen Café de Nariño y Café de Colombia que identifican productos similares a los que buscaba representar la solicitud. Según la marca opositora, el signo solicitado realiza una alusión a Colombia y el departamento de Nariño, por lo cual, según la norma, si una marca incorpora una referencia al país de procedencia que busca utilizarse en un producto asociado, no podrá ser registrada.

Por eso, Fabio Hernán Zarama Bastidas respondió a los argumentos de la marca opositora defendiendo la originalidad del signo Mocana Café, que asegura, no es de uso común en la comunidad. También negó alguna posibilidad de riesgo en el consumidor si los signos coexistieran. Se remitió a la parte gráfica de las marcas para resaltar los elementos diferenciadores y las posibilidades de diferenciación en el público por el impacto que lograría el signo solicitado en la mente. Al mismo tiempo, la indicación Nariño, Colombia, afirma, no hace referencia a la denominación de origen ni un aprovechamiento injusto del mismo.

Por lo tanto, la Superintendencia resolvió el pleito negando la solicitud de registro para el signo Mocana Café bajo diferentes resultados del análisis comparativo realizado.

LOS CONTRASTES

  • Luisa Fernanda Pérez JaimesAbogada Asociada de Buriticá Abogados

    “Considero que acierta la SIC al negar el registro pretendido toda vez que este reproduce las denominaciones de origen que la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia ha registrado previamente”

Según la decisión “es evidente que la combinación de los elementos nominativos y gráficos del signo solicitado, en especial las expresiones adicionales que contiene el signo en su logotipo Compañía Productora de Café Nariño - Colombia, imitan el concepto contenido en la denominación de origen protegida “Café de Colombia y Café de Nariño”, por lo que su uso por parte del solicitante podría ser catalogado como un aprovechamiento injusto de la notoriedad de estas denominaciones de origen” y concluye es evidente que la combinación de los elementos nominativos y gráficos del signo solicitado, en especial las expresiones adicionales que contiene el signo en su logotipo Compañía productora de Café Nariño - Colombia, imitan el concepto contenido en la denominación de origen protegida “Café de Colombia y Café de Nariño”, por lo que, su uso por parte del solicitante podría ser catalogado como un aprovechamiento injusto de la notoriedad de estas Denominaciones de Origen”.

Finalmente, la decisión de la SIC protege la denominación de origen de Fedecafé e impide que coexistan las marcas enfrentadas por los elementos que harían referencia a las palabras protegidas o incluidas en una marca ya registrada. El organismo también consideró que el signo solicitado imita y reivindica la denominación antes mencionada.

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