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Marcas

La Casita Roja de Davivienda no impidió el registro de Carnes Casa Roja en la SIC

La entidad bancaria Davivienda presentó oposición a la solicitud para defender su marca previamente registrada

16 de abril de 2020

Sofía Solórzano Cárdenas

lsolorzano@larepublica.com.co

CC. Hayuelos
Canal de noticias de Asuntos Legales

En ocasiones, los elementos gráficos de las marcas generan una gran recordación en el consumidor, como en el caso de Davivienda, entidad a la cual se le asocia con una casa roja y, que para defender dicho posicionamiento, presentó una oposición de registro ante la SIC.

El signo que pretendía registrar Daniela Parra Castaño era Carnes Casa Roja Te Alimentan. Con él, se querían identificar productos en la Clase 29 de Niza, entre los que están carnes en diferentes presentaciones.

El banco señaló que el signo Carnes Casa Roja reproducía el concepto y el elemento gráfico y nominativo de su marca La Casita Roja, por lo cual podría causar confusión en los consumidores o que se presentara una asociación entre ambas.

LOS CONTRASTES

  • Luis Fernando PatrónAbogado de Cárdenas Vega Propiedad Intelectual

    “El derecho de marcas está regido por un principio de especialidad. Pueden coexistir signo idénticos para identificar productos o servicios distintos”.

Además, señaló que existía complementariedad entre las dos clases en las que cada marca identificaba sus productos, la 29, de carnes, y la 35 de gestión de negocios comerciales. “Para el éxito de la comercialización de productos de la clase 29 resulta necesaria una adecuada administración y gestión comercial, la cual es usualmente encargada a un tercero”, concluyó.

Por su parte, la solicitante Parra dio respuesta y argumentó que la distribución de servicios cárnicos no se asociaba bajo ningún fundamento a un servicio bancario. Y que, adicionalmente, existía total independencia entre las marcas.

“No se evidencia de ninguna forma alguna similitud entre los servicios y productos ofertados por Davivienda y Carnes Casa Roja Te Alimentan, lo cual es motivación suficiente para su coexistencia”, añadió la solicitante del signo.

Luego de esto, para definir si otorgar o no el registro al signo solicitado, la Superindustria realizó el estudio de irregistrabilidad y el cotejo de las marcas. En este, encontró que la cobertura de los signos no guardaba relación de intercambiabilidad o complementariedad.

“La naturaleza y finalidad de los productos identificados por el signo solicitado están relacionada con un uso específico y concreto. Este está ligado a productos con finalidad alimenticia mientras que los productos y servicios de la marca previamente registrada se destinan a satisfacer otro tipo de necesidades”, añadió la SIC.

Asimismo, la Dirección señaló que los productos o servicios de las marcas en pleito no tenían características que las hicieran similares, ni existía relación en su comercialización.

Al encontrar que no había una conexidad entre los signos capaz de inducir al error del consumidor, ni ningún otro impedimento para acceder a la solicitud, la Superindustria decidió declarar infundada la oposición de Davivienda y le concedió el registro a Carnes Casa Roja Te Alimentan por diez años.

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