26 de julio de 2024
Suscribirse


26 de julio de 2024
Suscribirse
Marcas

La Federación Nacional de Cafeteros logró evitar el registro de Amazónico36 Boutique

La Federación argumentó ante la SIC que la marca solicitante reproducía completamente su signo Amazónico previamente registrado

01 de diciembre de 2020

Allison Gutiérrez Núñez

agutierrez@larepublica.com.co

Colprensa La Federación Nacional de Cafeteros es una asociación que desde 1927 se encarga de promover el cultivo de café en Colombia.
Canal de noticias de Asuntos Legales

En este pleito marcario, la empresa H36 se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para registrar la marca Amazónico36 Boutique (mixta).

Con ella, pretendía distinguir servicios de la clase 43 de la Clasificación Internacional de Niza como lo son las reservas de alojamiento en hoteles, bares o moteles; el alquiler de muebles y cortinas; o los servicios de cafetería, entre otros.

Frente a dicho registro, la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia se opuso ante la Superindustria para proteger su signo previamente registrado Amazónico. “Se identifica que la marca pretendida realiza una reproducción completa del elemento nominativo de la previamente registrada y, en consecuencia, sus elementos nominativos comparten similitudes ortográficas, fonéticas, conceptuales y gráficas”, aseguró.

LOS CONTRASTES

  • Edgar Iván León RobayoProfesor U. Sergio Arboleda

    “Si bien es posible registrar marcas que comparten elementos con otras inscritas, la elección del signo debe evitar cualquier confusión por el destinatario”

Debido a ello, la Federacafé argumentó que dichas similitudes eran objeto de conllevar a un riesgo “inevitable” de confusión y asociación en el consumidor. Lo anterior, toda vez que para este, la expresión ‘Boutique’ no brindaba ninguna distintividad al elemento nominativo “en razón a su naturaleza genérica y usualmente utilizada para identificar variedad de productos y servicios”.

Adicional a ello, la Federación evidenció que las marcas en conflicto compartían una conexidad competitiva por cuanto los productos de café y los servicios de cafetería tenían una evidente similitud en razón al uso complementario y que razonablemente es posible inferir que provienen de un mismo empresario. “Los productos identificados en clase 30 y los de 43 resultan ser necesariamente complementarios por cuanto el café es el producto que principalmente se comercializa en escenarios en donde se preste los servicios de cafetería”, argumentó.

Por su parte, el solicitante dijo que si bien existía cierta similitud nominativa entre las marcas también había elementos visuales que marcaban “claras diferencias entre los signos cotejados. “Es así como en los productos de Amazónico se destacan elementos gráficos como los cafetales y el paisaje; al contrario de los productos de Amazónico36 Boutique donde es un diseño moderno para hospedaje”, explicó.

Por último, señaló que las palabras “36” y “Boutique” no eran secundarias, sino principales en su signo a registro y que las clases 30 y 43 eran diferentes, pues la una era de servicios y la otra de productos.

Por su lado, la SIC halló que los signos en estudio eran “similarmente confundibles” por sus semejanzas ortográficas y fonéticas. Debido a ello, declaró fundada la oposición de la Federacafé y negó el registro de H36.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA