26 de julio de 2024
Suscribirse


26 de julio de 2024
Suscribirse
Marcas

Monticello de Doria no frenó el registro marcario de Botticello ante la Superintendencia

Doria argumentó que por la alta notoriedad de su producto Monticello los consumidores podían presentar algunas confusiones

14 de febrero de 2022

Nicolás Escobar Escobar

nescobar@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La sociedad Meico S.A. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para registrar la marca Botticello (nominativa) para distinguir productos comprendidos en la Clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota bebidas alcohólicas exceptuando cervezas.

Luego de la solicitud, la sociedad Productos Alimenticios Doria S.A.S. presentó un recurso de oposición argumentando que existe un riesgo de confusión y asociación entre la solicitante y su marca registrada Monticello.

Teniendo esto en cuenta, la compañía de pasta indicó que, en el plano ortográfico, el signo solicitado es bastante similar a la marca registrada. Además señaló que las dos marcas contarían con una estrecha conexidad competitiva de los productos, lo que podría inducir a un aprovechamiento injusto del prestigio de la marca Monticello. Esto, en la medida que causaría un debilitamiento de la capacidad distintiva con la que ya cuenta la marca y los clientes dejarían de asociar la marca Monticello con los productos Doria.

Dentro del término establecido para ello, Meico S.A. respondió que las marcas no presentan una conexión competitiva, ya que los productos de la Clase 33 se venden en secciones especializadas, mientras que las pastas y demás productos protegidos por la opositora pertenecen a una sección distinta. Por esta razón, dijeron, no existiría relación alguna entre los dos productos.

Tras su análisis la SIC concluyó que, si bien es cierto que Monticello posee una alta notoriedad, las dos marcas no coinciden ni se relacionan de forma alguna en la identificación de los mismos productos: la solicitada distingue bebidas alcohólicas, mientras que la opositora identifica pastas.

LOS CONTRASTES

  • Edgar Iván León RobayoProfesor Universidad Sergio Arboleda

    “La diferenciación entre dos signos puede estar dada por la existencia de dos o tres letras que permiten evitar la confusión en el consumidor”.

Por ello, dijo la entidad, para el consumidor es claro el mercado al que van dirigidos los productos de cada signo.“A pesar de la importancia y presencia en el mercado nacional, las ventas y el grado de recordación del signo opositor demostrado, la Dirección encuentra que estas finalidades abiertamente diferentes implican que se trata de productos que no tienen características similares”, dijo la entidad, que agregó que no hay pruebas de un aprovechamietno indebido de la notoriedad de Monticello.

Por eso, la SIC declaró infundada la oposición de Doria y concedió el registro de la marca Botticello (Nominativa) a su solicitante.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA