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  • Luz Karime Grajales Cardona

miércoles, 18 de diciembre de 2019

La marca de detergentes logró que se le otorgara la notoriedad debido al reconocimiento y posicionamiento logrado en el mercado

La marca Rein de Almacenes La 14 no logró registrarse en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) debido a la oposición presentada por Rey de Detergentes Ltda, que alegó similitud fonética y gramatical.

En un inicio, Almacenes La 14 solicitó el registro con el propósito de identificar preparaciones para blanquear, sustancias para lavar la ropa, suavizantes, aerosoles y agentes de aclarado, entre otros. Sin embargo, Detergentes Ltda se opuso al considerar que el signo solicitado era muy similar a su marca previamente registrada Rey.

De acuerdo con los argumentos presentados por la compañía opositora, los productos que se buscaban identificar eran similares y confundibles a los que distingue la expresión Rey. Además, el signo solicitado reproducía a la marca notoria, reconocida y posicionada. Al igual, Detergentes Ltda se refirió al reconocimiento y posicionamiento que tiene en el mercado la expresión.

LOS CONTRASTES

  • Julio Seneor Director de Seneor Abogados

    “Estoy totalmente de acuerdo con la decisión de la SIC. Asímismo, encuentro perfectamente válidos los argumentos de notoriedad, lo cual le da una protección más amplia a la expresión jabón Rey”.

La compañía opositora también resaltó la notoriedad de la marca Rey y recordó que hace parte de una de las empresas más reconocidas en términos de producción y comercialización de todo tipo de detergentes.

Al mismo tiempo, se refirió al riesgo de asociación en el consumidor y afirmó que la notoriedad de su marca permite que cuando se hable de Rey el público se cree la imagen de un jabón muy utilizado en los hogares colombianos.

Por su parte, Almacenes La 14 defendió el registro y manifestó la notoriedad del signo solicitado. Según la solicitante, la expresión Rein contiene elementos distintivos en su parte gráfica como es el caso de una flor de loto, colores característicos y otros aspectos característicos.

Además, buscó demostrar que el signo Rein no puede confundirse con la marca previa en el aspecto conceptual, dado que Rey evoca un concepto o idea en el consumidor, mientras que el signo previo no genera ese riesgo de asociación.

Aún así, la Superintendencia decidió negar el registro de la marca Rein debido a los elementos similares encontrados con el signo opositor. “La configuración de los signos Rein / Rey genera en el consumidor un riesgo de confusión, por lo que no se puede desconocer que el signo solicitado reproduce en su estructura la marca notoria Rey, sin que la modificación de la Y por la I y la inclusión de la letra N al final, sea derrotero suficiente para superar la semejanza entre los signos”, definió el organismo en la decisión.

Además, la importancia y presencia de la expresión Rey fue fundamental a la hora de tomar esta decisión. La Superindustria buscó evitar el riesgo de confusión en el público y recordó que la marca opositora ha sido declarada notoria anteriormente.

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