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Marcas

Sempertex impidió el registro de Sempertix en la Superintendencia de Industria y Comercio

Sempertex de Colombia logró demostrar que conceder el registro recaería en riesgo de confusión para el público consumidor

21 de noviembre de 2019

Luz Karime Grajales Cardona


Foto de Archivo-Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

La marca Sempertix no logró registrarse en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) debido a la oposición que presentó la compañía Sempertex Colombia.

De un lado, José Ricardo Chavarro solicitó el registro del signo Sempertix para identificar juguetes, globos de juego y globos de látex. No obstante, Sempertex de Colombia S.A. se opuso a la solicitud para defender su marca previa Sempertex.

La empresa opositora aseguró que el registro previo es reconocido en Colombia porque fue pionero en la Costa Atlántica en la utilización del látex. Así mismo, la compañía afirmó que los biberones, juguetes blandos, condones y globos hechos de este material son reconocidos en el país y, como el signo solicitado coincide con la marca de su propiedad, la similitud terminaba por volverlo idéntico a la marca Sempertex que identifica estos productos.

Al igual, Sempertex de Colombia manifestó que el riesgo es mucho mayor dado que los productos del signo Sempertix pertenecen a la clase 28 de la Clasificación Internacional de Niza, al igual que los objetos que identifica la marca Sempertex.

Además, la compañía recordó que el signo Sempertex ha ofrecido estos productos en el país durante los últimos 80 años y ha logrado posicionar su nombre y reputación “como la mejor marca de globos de látex de Colombia”. Por ello, también solicitaron que se definiera como irregistrable este signo.

De este modo, la Superintendencia decidió negar el registro estableciendo que la importancia y presencia en el mercado de la marca previa debía ser protegida. “La configuración Sempertix/ Sempertex de los signos sí genera en el consumidor un riesgo de confusión, pues los signos confrontados permiten que en su visión en conjunto ambas marcas se confundan debido a las semejanzas que presentan”, aseguró la entidad en dicha resolución.

Así las cosas, este riesgo de asociación también implicaría una confusión directa porque el consumidor podría considerar en ambos casos que se trata de productos del mismo origen empresarial.

La Superindustria también se refirió a la conexidad competitiva de los signos debido a que la solicitud pretende identificar productos de la misma clase y, ello, arriesgaría la notoriedad de la marca opositora Sempertex en el mercado.

El organismo también determinó que el signo solicitado Sempertix reproduce parcialmente la marca notoria Sempertex. Por lo cual, “su uso en el mercado implica un riesgo de confusión con la misma. Se encuentra que el signo solicitado está incurso en la causal de irregistrabilidad”, se indicó.

Igualmente, la empresa Sempertex de Colombia aportó distintas pruebas para demostrar que es uno de los principales proveedores para fiestas y alcanzando grandes cifras por un alto reconocimiento por parte de los socios comerciales.

Finalmente, esta decisión permitió que se proteja al público consumidor y la notoriedad de una marca “líder en el sector en que se desempeña”, tal como lo acreditó en el acervo probatorio.

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