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Marcas

Vanish no pudo frenar el registro de BlancoX en la Superindustria y Comercio

La SIC sostuvo que la coincidencia en la expresión “Oxi” no era suficiente para generar exclusividad entre los signos

01 de septiembre de 2026

Paula Andrea Marín Lara

Signo Opositor

Signo Solicitante


Vanish
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La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, resolvió la disputa marcaria entre Brinsa y Reckitt Benckiser Vanish por el registro de BlancoX Oxi Pro, una marca solicitada por la compañía colombiana para identificar productos relacionados con limpieza, desinfección y cuidado del hogar. La Dirección de Signos Distintivos determinó que la oposición presentada por la titular de Vanish no tenía fundamento suficiente y autorizó el registro de la nueva marca.

La controversia se originó cuando Brinsa solicitó el registro de la marca mixta BlancoX Oxi Pro para productos de las clases 3 y 5 de la Clasificación Internacional de Niza. La clase 3 incluye, entre otros, detergentes, jabones, preparaciones para blanquear, productos quitamanchas, suavizantes y productos para limpiar, mientras que la clase 5 contempla productos higiénicos y desinfectantes, incluidos aquellos destinados a la ropa. La solicitud generó una oposición por parte de Reckitt Benckiser Vanish, compañía titular en Colombia de la marca mixta Vanish Oxi Action.

Uno de los argumentos de Vanish estuvo relacionado con las semejanzas que existían entre los signos. La compañía sostuvo que BlancoX Oxi Pro carecía de distintividad suficiente frente a Vanish Oxi Action y que existían coincidencias tanto desde el punto de vista gramatical como visual. En particular, señaló similitudes en los elementos gráficos utilizados en las etiquetas de las marcas y consideró que estas podían generar confusión entre los consumidores.

LOS CONTRASTES

  • Andrea Donato CastilloGerente Consulting Group Marado

    “La declaración de notoriedad de una marca ante la SIC no es un reconocimiento automático ni una simple formalidad; exige un umbral probatorio sumamente riguroso y específico”.

Brinsa respondió a estos argumentos señalando que las marcas debían analizarse como un conjunto y no a partir de elementos aislados. La compañía defendió que BlancoX Oxi Pro y Vanish Oxi Action presentaban diferencias suficientes en su composición, pronunciación y apariencia general.

También sostuvo que la coincidencia en la expresión “Oxi” no era suficiente para generar exclusividad sobre ese elemento, debido a que existen múltiples registros que incorporan dicha partícula en diferentes clases.
En consecuencia, la SIC declaró infundada la oposición presentada por Reckitt Benckiser Vanish para la clase 3 como para la clase 5. La entidad también negó la declaratoria de notoriedad solicitada para Vanish Oxi Action y concluyó que no existían impedimentos para conceder la protección marcaria.

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