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martes, 6 de octubre de 2020

La empresa podrá seguir utilizando la marca mixta para identificar el servicio de energía eléctrica que comercializa en varios departamentos

El Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda que buscaba que Empresas Públicas de Medellín (EPM) no pudiera seguir usando la marca mixta Essa, con la que identifica el servicio de energía eléctrica que comercializa en Santander, sur de Bolívar y sur del Cesar.

La decisión llega a razón de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso Exxon Mobil Corporation contra una decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) del 2012, con la que permitió e EPM identificar la marca mixta Essa para denominar el servicio de energía eléctrica como uno de sus productos.

Para los demandantes, ese registro podía generar riesgo de confusión con la marca Esso, utilizada para identificar productos del mismo tipo. Sin embargo, el Consejo de Estado negó las pretensiones argumentando que, en la medida que ambos nombres no evocan ninguna idea en español, no puede alegarse una semejanza conceptual o ideológica.

Además, señaló que la similitud fonética no genera riesgo de confusión, porque no existe relación entre la energía eléctrica que identifica al producto Essa con los productos que se comercializan a través de la marca Esso.

Finalmente, el Consejo de Estado concluyó que en este caso no se cumplen las previsiones del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina de Naciones como para considerar que la marca Esso haya logrado una notoriedad que impida el registro de la marca enfrentada.

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