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  • Colprensa

miércoles, 26 de diciembre de 2018

El Tribunal Constitucional ordenó establecer mesas de trabajo

La Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Educación crear un comité para evaluar la necesidad de asignar docentes de apoyo en educación especial, es decir, educación de inclusión. Esto debido a una acción de tutela en la que los padres de una menor con discapacidad solicitaban estudio para su hija.

La acción fue instaurada en Villanueva (Bolívar), el 20 de septiembre del año pasado, en ella los padres afirmaban que se le había violado el derecho a la educación inclusiva a su hija, debido a que el colegio en el que está inscrita no cuenta con docentes capacitados en educación diferencial, ni con los insumos necesarios para proporcionarla.

Esto fue evidente para los tutelantes, luego de que su hija mostrara dificultad en su proceso de aprendizaje, pues cuenta con una discapacidad adquirida días después de nacer, producto de paro cardiorespiratorio.

La acción fue radicada contra la Secretaria de Educación de Bolívar y la Institución Educativa Villanueva. En ese caso, existió una negativa por parte de las entidades y un juez ratificó la determinación de las mismas. Sin embargo, al llegar al alto tribunal, la Sala consideró que tal situación y vulneración del derecho a la educación inclusiva, se dio luego de que el Ministerio y la Secretaria “no cumplieran con las obligaciones constitucionales”.

“El Ministerio de Educación permitió que la Secretaría de Educación de Bolívar omitiera sus obligaciones sin ninguna consecuencia. La Secretaría de Educación de Bolívar actuó negligentemente, lo cual se tradujo en el agravamiento y perpetuidad de la vulneración de los derechos fundamentales de la niña a cuyo favor se presenta la tutela”, dice el documento.

Tras evidenciar esto, para la Sala es necesario la creación del Comité en el que se desarrollen procesos de articulación con la familia de la menor de edad y las distintas instituciones con el objetivo de garantizarle el derecho a la educación inclusiva.

Del mismo modo, la Corte le ordenó a la Secretaría de Educación de Bolívar que dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de esta providencia, le envíe al Ministerio de Educación una versión definitiva del Plan de implementación progresiva del Decreto 1421 de 2017, el cual se deberá ajustarse a las normas vigentes en esta materia.

En caso de que esto no ocurra, el Ministerio pondrá a consideración de la Procuraduría General la falta por parte de la Secretaría.

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