Corte modificó condenas a policías implicados en caso de grafitero Diego Felipe Becerra
El alto tribunal confirmó que los uniformados iniciaron acciones para implantar el arma de fuego y encubrir el homicidio cometido por el patrullero
02 de diciembre de 2025
Hace 14 años, el 19 de agosto de 2011, el joven Diego Felipe Becerra Lizarazo fue asesinado por varios policías mientras, en compañía de algunos amigos, pintaba grafitis en el occidente de Bogotá. El caso, que ha sido ejemplo de las repercusiones de la violencia policial, ha pasado por diferentes instancias legales e incluso llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Cidh. Lo último que se conoció fue una decisión de la Corte Suprema de Justicia, con la cual se modificaron las penas de varios agentes que estuvieron involucrados en la manipulación de la escena del crimen.
El alto tribunal encontró que, dentro de la condena impuesta por el Tribunal Superior de Bogotá, se impuso dos veces la agravación de los delitos, lo que conllevó a que la pena fuese mucho mayor para los procesados.
En específico, modificó las condenas del teniente coronel Nelson Jesús Arévalo Rodríguez, el subintendente Fleyber Leandro Zarabanda Payán, el sargento Juan Carlos Leal Barrero y el patrullero Wilmer Antonio Alarcón Vargas, quienes fueron hallados culpables de los delitos de favorecimiento al homicidio y tráfico, fabricación y porte ilegal de armas de fuego.
En el caso de Zaravanca, la pena pasó de 246 a 228 meses de prisión (19 años) y privación del derecho a la tenencia y porte de armas de fuego por un año. Para Leal, pasó de 246 a 240 meses de prisión (20 años) y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas de fuego por un año. En el caso de Alarcón, la pena pasó de 246 a 228 meses de prisión (19 años) y la misma privación a porte y tenencia de armas de fuego.
En su fallo, la Sala de Casación Penal también rechazó alegatos de la defensa relacionados con que el caso era competencia de la Justicia Penal Militar y que pedían la nulidad de la decisión por haber infringido el principio de congruencia. “La hipótesis fáctica que fundó la condena encuentra consonancia con la que planteó la delegada Fiscal en los actos de parte objeto de controversia”, agregó la Corte.
El alto tribunal indicó que tampoco corresponde a dicha jurisdicción porque los hechos imputados, entre los que están la obtención de un arma de fuego y su implantación en el lugar donde Diego Felipe murió, con el objetivo de encubrir el homicidio cometido por el patrullero Wilmer Antonio Alarcón, no tienen relación con la competencia constitucional y legal de la Justicia Penal Militar, "más aún cuando las conductas objeto de acusación, por el contrario, resultan abiertamente opuestas a las funciones constitucionales de la fuerza pública y, por supuesto, ajenas al campo de competencia de la justicia penal militar”.
Finalmente, la Corte reafirmó que los uniformados iniciaron acciones mancomunadas para implantar un arma de fuego en la escena del crimen y culpabilizar al joven grafitero, para evadir la responsabilidad del patrullero en su asesinato.
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