El exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos Botero, tendrá libertad condicional

Colprensa

Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Lucas Martínez

viernes, 8 de marzo de 2024

El político había sido condenado a 95 meses de prisión y debía pagar una multa de 7749.65 salarios mínimos legales mensuales vigentes

Luego de que la Fiscalía General acusara al exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos Botero, hoy viernes 8 de marzo se conoció que el político quedará en libertad condicional. El ente lo había acusado antes la Corte Suprema de Justicia por parapolítica.

En octubre de 2021 Ramos Botero había sido condenado a 95 meses de prisión e "inhabilitación de derechos y funciones públicas por el mismo lapso". Además de una multa de 7749.65 salarios mínimos legales mensuales vigentes e "inhabilidad intemporal para ocupar cargos públicos del inciso 5° del artículo 122 de la Constitución Política".

En diciembre del año pasado, se le había negado la libertad condicional por no cumplir con el requisito "objetivo del artículo 64 de la Ley 599 de 2000, modificado por la Ley 890 de 2004".

Para el 24 de enero de 2024, Ramos Botero completaba 57 meses y ocho días privado de la libertad, por redención se le habían reconocido cinco meses y 19.5 días (total de 62 meses y 27.5 días).

De esta manera, se aplicó el artículo 64 de la Ley 599 de 2000, modificado por la Ley 1709 de 2014, donde los requisitos para conceder la libertad condicional, previa la valoración de la conducta punible son: "(i) que el sentenciado haya descontado mínimo las 3/5 partes de la pena impuesta, (ii) que haya reparado a la víctima ; (iii) que acredite el arraigo familiar y social; y (iv) que de la buena conducta durante en cautiverio se colija que no es necesario proseguir el tratamiento penitenciario".

La Corte Suprema de Justicia resolvió conceder a Ramos Botero la libertad condicional "de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa de este auto, previo pago
de la caución prendaria y la suscripción del acta de compromiso, por un periodo de prueba equivalente al tiempo que resta para el cumplimiento de la pena".

Documentos adjuntos

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.