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Negligencia en los directores de inteligencia afecta el caso Galán

03 de marzo de 2014

Canal de noticias de Asuntos Legales

Radicación: 250002326000199510714 01

Para esta Sala resulta evidente que con tales acusaciones públicas difundidas a través de los medios masivos de comunicación por parte de los llamados en garantía, señores Oscar Eduardo Peláez Carmona -Director de la Dijin de la Policía Nacional- y Miguel Alfredo Maza Márquez Director del DAS.

Se transgredió ostensiblemente el ordenamiento jurídico, como quiera que resulta abiertamente negligente el hecho de que los directores de las principales entidades de inteligencia del Estado para la época, no hubieran realizado un análisis serio, detallado y profundo de la efectiva y real participación de tales personas en tan grave delito, sino que -se reitera-, con extrema ligereza, hubieran presentado a unos ciudadanos inocentes ante la opinión pública nacional como “los asesinos del doctor Luis Carlos Galán Sarmiento”, y se le hubiera dado a tal noticia un amplísimo despliegue público y mediático.

Propiciado por esas mismas autoridades del Estado, todo lo cual -reitera la Sala-, significó un grave desconocimiento al principio de dignidad humana y a los derechos fundamentales de presunción de inocencia, buen nombre y honra en perjuicio de tales personas.

Las razones que motivaron dicha decisión fueron, “Resulta inexplicable para este Despacho que la Policía y el Instructor hubiesen incurrido en esas irregularidades en cuanto al manejo de estas primeras averiguaciones, pues no se entiende cómo una vez capturados los señores en el edificio Mezanine conocido el 22 de agosto de 1989.

Sin que existiera sindicación en contra de aquellos por los acontecimientos del 18 de agosto de 1989 (registro y allanamiento tuvo otras motivaciones), difundieran dicha información, los filmaran, los fotografiaran y fuera de eso, mostraran sus retratos entre otros, a los habitantes de Soacha para que rindieran declaración y realizaran reconocimiento personal.

Otra razón fue, “Es importante indicar que el objetivo del registro y allanamiento fue la búsqueda de elementos y personas relacionadas con actividades de narcotráfico, que se llevó a cabo cuatro días después de los crímenes conocidos y los señores capturados en el edificio Mezanine de la dirección mencionada.

Se convirtieron en noticia hablada y escrita, publicando inclusive sus fotografías y mostrándolas a través de videos, sin que existiera prueba alguna que permitiese relacionarlos directa o indirectamente con el magnicidio ocurrido”

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