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Administrativo y constitucional


Parra Rodríguez Abogados

“Clasificación de riesgo en alimentos y su impacto regulatorio”

10 de mayo de 2016

Luis Fernando Castillo

Parra Rodríguez Abogados
Canal de noticias de Asuntos Legales

¿Para quién aplica esta Resolución 0719 de 2015?

Aplica para todas las personas naturales y/o jurídicas interesadas en obtener, ante el Invima, la autorización para fabricar, envasar, distribuir y/o comercializar alimentos terminados o materias primas para alimentos que se expendan directamente al consumidor en territorio colombiano, ya sea que cuenten o no con marca. 

La autorización sanitario otorgada por el Invima, así como su período de vigencia, varían de acuerdo a la clasificación de riesgo del alimento en cuestión.

¿Cuáles son las clasificaciones de riesgo amparadas en la Resolución 0719 de 2015?

La Resolución establece 3 clasificaciones de riesgo: i) alimentos de alto riesgo en salud pública, ii) alimentos de riesgo medio en salud pública y, iii) alimentos de menor riesgo en salud pública. Las clasificaciones mencionadas anteriormente son aplicadas a 15 diferentes grupos de alimentos. Los grupos están compuestos por categorías y estás a su vez se dividen en subcategorías. Dentro de la misma categoría pueden existir subcategorías con clasificaciones de riesgo diferentes. La clasificación de riesgo en salud pública de alimentos puede ser revisada de manera detallada en el Anexo Técnico de la Resolución 0719 de 2015.

¿Cuáles son los impactos al registro sanitario de alimentos?

Anteriormente, todos los alimentos con marca y nombre debían contar con registro sanitario para proceder a su comercialización. Con esta Resolución, todo alimento que se expenda directamente al consumidor (sin importar si posee marca o no) debe tener autorización sanitaria, la cual se divide en 3 tipos dependiendo del nivel de riesgo: i) notificación sanitaria (NS), aplica para alimentos de bajo riesgo; ii) permiso sanitario (PS), relacionado con alimentos de riesgo medio; y iii) registro sanitario (RS), el cual debe ser tramitado para alimentos de alto riesgo.

¿Qué va a pasar con los registros actuales al momento de renovar?

En el caso de las renovaciones sanitarias de alimentos, se determina el nivel de riesgo de acuerdo al Anexo Técnico de la Resolución. Dependiendo del nivel de riesgo en salud, el alimento puede cambiar de modalidad (desde registro hacia permiso o notificación) o permanecer con la misma modalidad (registro). Seguidamente, se asigna una nomenclatura asociada al nivel de riesgo (NS, PS o RS) y un nuevo número sanitario, diferente del número de registro sanitario que tenía el producto anteriormente. El Invima otorga un plazo para agotar el inventario de etiquetas con el número anterior y proceder a la implementación del nuevo número sanitario.

¿Cuánto tarda el proceso ante el Invima?

Tanto para nuevos alimentos como para renovaciones, el proceso de aprobación ante el Invima es automático, es decir, una vez ingresado ante la entidad, el número sanitario es asignado el mismo día, y su vigencia sanitaria será: i) notificación sanitaria - 10 años, ii) permiso sanitario - 7 años, y iii) registro sanitario - 5 años. La asignación dependerá de presentar en debida forma todos los documentos y cumplir con los requisitos vigentes. 

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