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  • Carlos Andrés Mahecha Rodríguez

viernes, 9 de agosto de 2019

Nos encontramos viviendo en la era del cumplimiento. El sector corporativo empieza a preocuparse por desarrollar modelos de prevención y control que permitan prevenir conductas ilícitas debido a que, en el desarrollo de cualquier actividad comercial se presentan un sinnúmero de riesgos propios que deben ser mitigados. De lo contrario, se impondrán sanciones administrativas o penales con un altísimo costo. En este sentido, el empresariado debe tener como consigna que una empresa que no solo cumple con la ley, sino que hace lo correcto y desarrolla su negocio basada en principios éticos, crece reputacionalmente, permanece en el tiempo y logra el éxito.

¿A qué se refiere la denominada Cultura de Cumplimiento?
Los programas de compliance son más que un simple ejercicio de control en la autorregulación empresarial. Estos deben reflejar un compromiso ético por parte de las organizaciones, mediante el fortalecimiento de una verdadera cultura de cumplimiento de la legalidad al interior de toda su estructura. Esto se traduce en la implementación de mecanismos eficaces de prevención, detección y reacción ante conductas atípicas. Una verdadera cultura de cumplimiento debe encontrarse firmemente establecida y difundida en los distintos niveles de la pirámide organizacional con el apoyo decidido de la alta dirección.
Las empresas que deciden implementar estos programas, envían un mensaje de doble vía: al interior de la organización y hacia la sociedad, de que en su cultura organizacional no todo vale para lograr objetivos económicos, sino que existe una auténtica fidelidad a la ley. La existencia de políticas de prevención bien implementadas, consiguen desincentivar la comisión de delitos al interior de las empresas y estimulan el comportamiento ético de todos los miembros de la organización. Paralelamente, los programas de compliance se convierten en una pieza fundamental para combatir la corrupción pública y privada desde el seno de las estructuras empresariales, contribuyendo, además, a la construcción de una competencia leal y honesta en el mercado, brindando condiciones de igualdad para los competidores.
No obstante, una cultura de cumplimiento normativo nunca llegará a ser perfecta, pues los cambios legislativos y las transformaciones que suceden al interior de un negocio, obligan a que las empresas se mantengan construyendo y cultivando permanentemente dicha cultura.

¿Qué se entiende por Cosmetic Compliance?
Las empresas en las que se establecen controles que no van a ser realmente aplicados y donde el incumplimiento organizacional no es perseguido de forma categórica, tienen programas de cumplimiento que han sido catalogados universalmente como “cosméticos”, en los que la organización implementa un programa de compliance que se queda en el papel y no trasciende a la aplicación real de su estructura. Esto lo hacen para aspirar a la concesión de una atenuante o una eximente de responsabilidad ante la eventual imposición de una sanción por la comisión de conductas delictivas. Sin embargo, la eficiencia e idoneidad del programa de cumplimiento es lo que se premia, no la letra muerta.
No es suficiente con que las empresas adopten programas de cumplimiento como un requisito formal. Se exige un compromiso real de cumplir con la ley, que debe traducirse en el fortalecimiento de la cultura empresarial en materia de ética e integridad.

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