Carlos Ricardo Mendieta Pineda, Docente de la Universidad El Bosque

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  • Carlos Ricardo Mendienta Pineda

sábado, 5 de marzo de 2022

Las entidades del Estado, para la realización de las finalidades públicas o la prestación de servicios públicos a su cargo, requieren la continua compra de bienes y servicios, verbigracia la construcción de autopistas, puertos, aeropuertos, hospitales, colegios, etc., las cuales han de realizarse, por regla general, mediante procesos públicos y competitivos de selección, donde se asegure de manera principal la eficiencia, la imparcialidad y la objetividad, pues son condición necesaria para asegurar la óptima asignación de los recursos públicos, la consecución de mayores estados de bienestar y la igualdad de todas las personas en el acceso a las oportunidades del desarrollo.

Sin embargo, la posibilidad de obtención de los referidos fines se enfrenta a eventuales imperfecciones de mercado, o también, a decisiones que son adoptadas en los procesos de compra de bienes o servicios, que se traducen en un límite a la libre competencia y que nos llevan a preguntarnos sobre la función que esta cumple en el marco de un Estado Social de Derecho.

¿Por qué es necesario asegurar la libre competencia en el mercado de compras públicas?

La libre competencia en las compras del Estado cumple una función principal en el proceso de realización de las finalidades públicas, así como en la garantía de derechos y libertades, pues es medio para alcanzar situaciones óptimas o eficientes en la asignación de los recursos públicos, con lo cual, son posibles mayores estados de bienestar colectivo, por la conformidad de las decisiones de compra con precios de equilibrio de mercado.

Por su parte, condiciones de competencia imperfecta, producto de la existencia de monopolios o barreras artificiales de ingreso al mercado, permiten a los productores de bienes o servicios influir sobre los precios, derivando en mayores cargas y pérdida de costo de oportunidad para toda la colectividad.

Referidas barreras que bien pueden ser impuestas, sin justa causa, por las entidades del Estado al momento de establecer los requisitos de participación en los procesos de compra, con lo cual, se aumenta la exposición a la vulneración de derechos económicos o sociales de toda la colectividad.

¿A través de qué medios se asegura la libre competencia en el mercado de compras públicas?

Al ser la garantía de libre competencia un requisito esencial para garantizar la eficiencia en la asignación de los recursos públicos y la efectiva realización de las finalidades públicas, la falta de protección de este derecho habilita a todas las personas interesadas en la venta de bienes o servicios a reclamar directamente de la entidad la protección de este derecho, mediante la presentación de observaciones en el Secop al proyecto de pliego de condiciones, así como, a los pliegos de condiciones definitivos.

Asimismo, frente a barreras injustificadas de acceso al mercado de compras públicas, los interesados en proponer pueden solicitar al juez administrativo la nulidad del acto de apertura del proceso de selección según las causales previstas en el artículo 44 de la Ley 80 de 1993 o los artículos 6 y 1741 del Código Civil o bien, solicitar ante el juez de tutela la protección de sus derechos fundamentales cuando ellos se encuentren en situación de riesgo o peligro.

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