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Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría

Posibilidad de adjudicar a los herederos el patrimonio en vida

19 de septiembre de 2015

Juan Pablo Barrios Reina

Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría
Canal de noticias de Asuntos Legales

¿Qué significa hacer una partición del patrimonio en vida?

La partición del patrimonio en vida permite que una persona haga su proceso de sucesión antes de su fallecimiento, adjudicando a sus herederos todos o parte de sus bienes. La decisión de esta partición debe ser espontánea y voluntaria por parte de quien va a adjudicar sus bienes, es decir, el adjudicante. 

La figura se justifica en la voluntad de, por ejemplo, algunos padres de familia empresarios transmitir a sus herederos la empresa familiar antes de su fallecimiento para acompañarlos en el proceso de transición y ver la forma en que la siguiente generación desarrolla el negocio familiar. La intención del legislador al permitir esta partición es, principalmente, evitar contratos simulados u operaciones jurídicas complejas que algunos utilizan para lograr transmitir sus bienes a sus herederos antes de fallecer. 

¿Cómo se hace la partición del patrimonio en vida?

La partición debe hacerse a través del otorgamiento de una escritura pública, previa autorización de un juez. El trámite notarial inicia con una solicitud de partición de patrimonio en vida presentada ante el notario del domicilio del adjudicante, que debe incluir su nombre, identificación y domicilio. Además, debe ir acompañada de la copia de la sentencia por la cual el juez la autorizó, y del trabajo de partición analizado y aprobado por este. El trámite notarial puede adelantarse por el mismo adjudicante, sus representantes legales, o un apoderado, sea o no abogado; sin embargo, se recomienda buscar asesoría especializada para llevarla a cabo. El trámite termina con el otorgamiento de la escritura pública. 

¿Cómo se obtiene la autorización previa?

Para la obtención de la autorización del juez, debe iniciarse un proceso de jurisdicción voluntaria. El juez debe recibir del solicitante el trabajo (proyecto) de partición para que pueda analizar si la forma en que pretende distribuirse el patrimonio respeta los límites establecidos en la Ley. Una vez el juez dicta sentencia concediendo la licencia judicial, puede iniciarse el trámite notarial.

¿Qué requisitos hay que cumplir para hacer dicha partición?

La partición debe respetar las asignaciones forzosas, los derechos de terceros y los gananciales. 

Es decir, está limitada en la misma forma que una persona al hacer un testamento; no puede servir para defraudar a los acreedores o desmejorar al cónyuge o los herederos en relación con los derechos que la Ley les concede. 

Por ejemplo, la adjudicación no puede hacerse solamente a un hijo, dejando al otro sin ningún bien a heredar. El cumplimiento de estos requisitos es evaluado por el juez al momento de conceder o no la autorización.

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