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Edictos y Avisos Legales





EDICTOS

19 de mayo de 2024

EDICTO

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO 

JUZGADO VEINTIUNO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE CALI 

EDICTO EMPLAZATORIO 002 

Dando cumplimiento a lo dispuesto por el señor juez a través del auto interlocutorio No. 295 del 04 de abril de 2024, se procede a emplazar a los HEREDEROS INDETERMINADOS de la señora ACENETH PEREZ DE PONCE identificada con la cedula de ciudadanía No. 29.303.504 para que intervengan en el trámite del medio de control de NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO propuesto por la señora ALBA MARINA TORO en contra del DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA y con la Radicación No.76001-33-33-021-2023-00183- 00, la cual cursa en este Despacho judicial. 

Por lo tanto, y de conformidad con lo establecido en el articulo 293 del Código General del Proceso, se fija el presente EDICTO en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de un (1) día, sendas copias del mismo se expiden para que en un medio escrito de amplia circulación Nacional (periódico), la parte demandante haga conocer el emplazamiento a los HEREDEROS INDETERMINADOS de la señora ACENETH PEREZ DE PONCE identificada con la cedula de ciudadanía No. 29.303.504, para que comparezca ante la Secretaría del Juzgado Veintiuno (21) Administrativo Oral del Circuito de Cali, ubicado en la Avenida 6a Norte # 28N-23 Edificio Goya Piso 5°- TEL. 8824704, a fin de notificarse del Auto Interlocutorio No. 295 del 04 de abril de 2024, que vincula a los HEREDEROS INDETERMINADOS de la señora ACENETH PEREZ DE PONCE identificada con la cedula de ciudadanía No. 29.303.504, dentro del proceso de NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO, radicado No. 76001-33-33- 021-2023-00183-00, propuesto por ALBA MARINA TORO en contra del DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA. 

Para el conocimiento público, se fijó el presente EDICTO en la cartelera del Juzgado en la página web de la Rama Judicial, así mismo se hace entrega a la parte actora para que sea difundido a través de un medio masivo de comunicación. 

Firmado Por. 

Nestor Julio Valverde Lopez 

 

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