La Superindustria determinó que Laropay no poseía suficientes elementos distintivos que lo diferenciaran de Claro Pay en el mercado
19 de mayo de 2025Signo Opositor
Signo Solicitante

En un nuevo pleito de marcas en la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, Claro volvió a salir victorioso luego de que la entidad le dio la razón a su oposición y negó el registro de Laro Pay.
El enfrentamiento entre ambas empresas inició luego de que Cf Tech Colombia, una empresa colombiana que se dedica a la gestión de procesos financieros, se presentó ante el órgano de control para solicitar el registro de su marca, en las clases 36 y 42 de la Clasificación Internacional de Niza, para ofrecer servicios relacionados con la gestión financiera, como por ejemplo, la emisión de tarjetas de credito o cheques de viajes.
Ante el evidente parecido con su marca registrada, Claro Pay, la empresa de telecomunicaciones argumentó que, si bien el signo solicitado ofreciá servicios distintos a los de la marca registrada, el parecido fonético y visual que existía entre las expresiones podía provocar que el consumidor las confundiera al momento de adquirirlas.
También señaló que, a nivel de originalidad, el signo solicitado carecía de elementosdistintivos pues en su nominación, Laro Pay solo eliminó la letra “C”.
Con respecto a su notoriedad, Claro señaló que “conceder el registro de Laro Pay afectaría la protección de notoriedad de Claro”. Bajo este argumento, y en ese sentido, la empresa de telecomunicaciones aseguró que la oposición no solo se sustentaba en las similitudes entre las marcas, sino también en la protección legal que la Superindustria le debe a esta.
Para defender su registro,Cf Tech Colombia argumentó que el riesgo de confusión que expusó Claro no estaba fundamentado debido a que su marca solicitada no se dirigía a un mercado de telecomunicaciones, sino a uno financiero.
Con respecto a su nominación, Cf Tech Colombia aseguró que no había riesgo de asociación ni confusión debidoa que, mientras Claro hacía referencia a un concepto relacionado con la luminosidad, Laro evocaba el nombre de un Dios griego.
Luego de escuchar las posturas expuestas, la Superintendencia de Industria y Comercio determinó que aunque en medio de la solicitud de registro no existía ningún riesgo de competencia desleal, la evidente similitud en su nominación podía provocar que los consumidores asociaran sus servicios.
Ante esto, el órgano decidió proteger la notoriedad mencionada de Claro y negar el registro de Laro pay para proteger su reputación en el mercado y evitar malentendidos por parte del consumidor.
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