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Marcas

Giorgio Armani no pudo detener el registro de la marca I a X ante la Superintendencia

Giorgio Armani S.P.A. dijo que la marca solicitada reproduce el elemento distintivo de sus marcas registradas, AX y AX Armani

25 de mayo de 2022

Nicolás Escobar Escobar

nescobar@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Ketty Tinoco S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca I a X (Mixta) para distinguir productos comprendidos en la clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota ropa exterior de niños y niñas.

Luego de la solicitud, Giorgio Armani S.P.A. presentó oposición argumentando que la solicitada reproduce el elemento distintivo de sus marcas AX y AX Armani, previamente registradas.

“Al observar el diseño de la marca solicitada para registro se ve que, al igual que en las marcas fundamento de la oposición, se reproducen las letras AX, las cuales son el elemento predominante en el signo, sin que los colores que reivindica y su diseño sean suficientes para otorgarle distintividad”, manifestó la empresa opositora.

Además, la compañía también señaló que existe una clara conexidad competitiva, puesto que los productos de la solicitada están en la misma clase que la marca registrada. Incluso, agregó, también hay conexidad con los productos de la clase 9 internacional, ya que existe una relación de complementariedad.

Dentro del término concedido, Ketty Tinoco S.A.S. dio respuesta a la oposición argumentando que hay una diferencia fonética y gramática entre la marca solicitada y las registradas, puesto que la primera representa números romanos, que quieren demostrar que va de uno a 10.

También agregó que existen diferencias dentro de la parte gráfica, en la que la empresa solicitante tiene una “a” minúscula, que parece un punto, y la registrada una “A” en mayúscula, siendo un factor diferenciador entre ambas.

Luego de su análisis, la SIC determinó que las marcas no son similarmente confundibles, puesto que, al apreciarlas en conjunto, se observa que el signo solicitado tiene componentes adicionales que, combinados, le otorgan la suficiente distintividad frente a las marcas previamente registradas.

LOS CONTRASTES

  • Juan Carlos Uribe RestrepoAbogado en Triana Uribe & Michelsen

    “Creo que la SIC se equivoca. Hay ciertos tipos de marcas, especialmente las de renombre, con las que debería tener más cuidado. Esta vez, sí hay similitud entre marcas”.

“Los signos son diferenciables para el consumidor, situación que permite que estos no incurran en riesgo de confusión y puedan distinguir entre un origen empresarial y otro al toparse con ellos en el mercado”, dijo la entidad.

Teniendo esto en cuenta, la Superindustria declaró infundada la oposición de Giorgio Armani y concedió el registro de I a X en la clase 25.

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