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viernes, 30 de octubre de 2020

Alcampo argumentó ante la SIC que la marca solicitante reproducía todos los aspectos la totalidad de su denominación protegida

En este pleito marcario, Alcampo Colombia se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para oponerse al registro de la marca Lubprotegg (nominativa) de la compañía Lub-Line debido a la similitud con signo ya registrado Protegg.

La empresa solicitante pretendía distinguir productos de la clase uno de la Clasificación Internacional de Niza como químicos para la industria, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura, entre otros derivados.
Alcampo Colombia dijo que el signo solicitado Lubrotegg creaba un riesgo de confusión con su marca Protegg debido a que “reproducía desde todos los aspectos la totalidad de la denominación protegida”.

Además, la compañía agregó que era evidente que el signo Lubrotegg transmitía en la mente del consumidor la misma idea de su marca registrada al copiar la totalidad de su concepto. “La raíz ‘Prot’ es evocativa en el idioma castellano de ‘Proteger’, y otra de idioma inglés, ‘egg’, que es de fácil comprensión por la población media del país y mucho más por el sector que adquiere los ovoproductos y aditivos, por su alto grado de instrucción técnica o profesional”, indicó.

LOS CONTRASTES

  • Andrea DonatoGerente de Consulting Group Marado

    “La marca solicitada Lubprotegg además de proteger productos relacionados con los identificados por el signo registrado, carecía de fuerza de distintividad"

A su vez, la opositora también señaló que el solicitante pretendía distinguir ante la Superindustria productos relacionados competitivamente con los de su marca. “Esta Dirección debe establecer que existe una conexión competitiva en razón a que los productos que pretende amparar el signo solicitado Lubrotegg son idénticos a los de Protegg, es decir, unos y otros tienen la misma naturaleza, se complementan, tienen los mismos canales de comercialización, comparten los medios de publicidad, la clase de consumidor y la finalidad”, dijo.

Frente a la anterior oposición, Lubrotegg dijo que las marcas en conflicto eran diferentes pues la solicitada era nominativa mientras que la registrada era mixta. Además, indicó que no había conexidad entre los productos prestados.

“La marca registrada es de tipo mixta, dirigida a identificar productos y servicios terminados, empacados y prestados de la clase 29 y 35; muy apartados de las materias primas que caracteriza a los bienes comprendidos en la clase uno, a la cual está dirigida la solicitante”, argumentó Lub-Line.

Por su lado, la SIC halló que los signos sí eran confundibles debido a sus semejanzas fonéticas y ortográficas sin elementos adicionales para diferenciarse. Debido a ello, declaró fundada la oposición de Alcampo Colombia y negó el registro de la marca Lubrotegg.

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