El enfrentamiento entre ambos signos comenzó luego de que Karen Rincón Acosta solicitó el registro del signo mencionado para la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza
18 de junio de 2025Signo Opositor
Signo Solicitante

En una batalla ‘monstruosa’ ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, Monster Energy impidió que ‘Monster Cakes’ se registrara ante el órgano de control.
El enfrentamiento entre ambos signos comenzó luego de que Karen Rincón Acosta solicitó el registro del signo mencionado para la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, que identifica productos relacionados con elementos naturales como el café, el arroz o la tapioca.
Como el signo opositor se conforma de una familia de marcas que comparten la expresión ‘Monster’ en su denominación, la empresa estadounidense argumentó que la posibilidad de confusión por parte del consumidor era “inminente” y podía afectar la reputación y coexistencia de las compañías confrontadas.
La defensa de la marca opositora aseguró que, “con el fin de evitar esta confusión en el público consumidor, instamos a su despacho para que después de un estudio juicioso niegue de plano la solicitud de registro que aquí se ventila”.
La titular de ‘Monster Cakes’ señaló que el análisis de su signo solicitado no debería limitarse únicamente a la existencia de la denominación ‘Monster’, pero la Superindustria en su análisis desestimó el argumento y señaló que la expresión ‘Cakes’ no era lo suficientemente distintiva como para evitar que las expresiones comparadas pudieran ser confundidas o asociadas en el mercado.
Carlos Eduardo Guzmán Roa, director de registro de marcas internacionales en la firma Seneor & Seneor abogados, explicó que “se niega la marca ‘Monster Cakes’, toda vez que esta genera un riesgo de inducción en error al consumidor, ya que existe la familia de marcas ‘Monster’, con la cual podría ser confundida en el mercado”.
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