La Ley 1715 de 2014 promovió el uso de las energías renovables (“Fncer”) para diversificar la matriz eléctrica, cumplir con las metas de descarbonización, y eliminar la dependencia en las fuentes hídrica y térmica.
Sin embargo, y pese a algunos esfuerzos, las metas de desarrollo de FNCER no se han cumplido. Actualmente, de los casi 21 GW de capacidad de generación instalada, solo el 6,4% (1,34 GW) corresponden al recurso solar.
Uno de los aspectos que afectan el desarrollo de las renovables suele asociarse con la falta de competencia (pluralidad de generadores) y el poder de mercado que impide nuevos jugadores y tecnologías. Por ello, se crean mecanismos para impulsar nuevas inversiones, como los incentivos tributarios, mecanismos de subasta de contratos de largo plazo, entre otros.
A pesar de ello, los retos van más allá de las características de participación del mercado energético colombiano. Las dificultades para finalizar consultas previas, las demoras en la consecución de los permisos ambientales, la falta de ampliación oportuna de la capacidad disponible de transporte para conectar nuevos proyectos, entre otros, han incidido en la desaceleración del interés de los inversionistas en las Fncer.
Para continuar promoviendo el desarrollo de las Fncer, el MinMinas ha publicado varios proyectos normativos. Invito a los lectores a que los conozcan y participen en su discusión; en un mercado regulado como el energético ser sujeto pasivo de regulación no paga.
¿En qué consiste el Proyecto de Resolución “Pago por Diferencias”?
Busca crear un mecanismo que promueva la contratación de energía a largo plazo a partir de tecnologías de bajas emisiones. También busca adaptar las características de los Contratos Por Diferencia a la realidad física, financiera y operativa del mercado mayorista de energía, que se adapte a la estructura del mercado colombiano.
Es un “mecanismo comercial sistémico y centralizado” que asignará de manera administrada el mecanismo a un generador que se comprometa a entregar una cantidad mínima de energía a un precio fijo por un tiempo determinado (10 años). La contraparte será el Sistema Interconectado Nacional, por lo que la demanda eléctrica nacional pagará un precio definido por la Creg en la tarifa del servicio.
¿Qué incluye el Proyecto de Decreto “Contratación de Largo Plazo de Energía Eléctrica”?
Debido a la declaración de la nulidad del Decreto 570 de 2018 que originó las subastas de contratos de largo plazo en 2019 y 2021, el MinMinas busca expedir nuevos lineamientos para viabilizar la entrada de más fuentes de generación para atender la demanda en constante aumento y la expansión integral de las actividades y servicios relacionadas.
Este Proyecto busca habilitar al MinMinas, la Creg y la Upme para crear mecanismos de contratación de largo plazo de proyectos, recursos o servicios nuevos que sean pertinentes para el mercado de tal forma que los planes y proyecciones de expansión avalen su necesidad, y tengan fecha de puesta en operación dentro del año calendario siguiente.
Los contratos de largo plazo son determinantes para lograr el cierre financiero de nuevos proyectos Fncer. Pero el país debe acoger las experiencias aprendidas del pasado y crear mecanismos eficientes.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp