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Marcas

El Castillo Lagomar perdió contra la Caja de Compensación Compensar ante la SIC

La dirección encontró que Castillo Lagomar no cuenta con elementos suficientes para eliminar el riesgo de asociación con Lagomar

11 de agosto de 2025

Sara Ibañez Pita

Signo Opositor

Signo Solicitante


Castillo Lagomar perdió contra la Caja de Compensación Compensar ante la SIC
Lagomar Compensar
Canal de noticias de Asuntos Legales

La marca de vinos Castillo Lagomar estaba lista para quedar registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, en la clase 33 para distinguir bebidas alcohólicas.

Sin embargo, antes de recibir luz verde para salir al mercado, la Caja de Compensación Familia Compensar presentó oposición por la similitud con su hotel Lagomar. Argumentó que el término “castillo” es de origen común y no le aporta distintividad a la marca solicitante y que, a su vez, la expresión “lagomar” constituye una reproducción idéntica de la marca ya registrada. También señaló que el restaurante y bar de su sede hotelera sirve como medio para comercializar los productos que la marca solicitante pretende registrar, lo que da lugar a la existencia de una conexión competitiva que provocaría confusión entre consumidores.

Castillo Lagomar se defendió y respondió que el análisis debe “efectuarse como un todo y sin ninguna clase de fraccionamientos, pues lo signos mixtos tienen elementos figurativos y denominativos que, en su conjunto, constituye una unidad indivisible”. Afirmó que la oposición distingue servicios y no productos, por lo que las gestiones de ambas empresas son distintas y sus despliegues publicitarios y promocionales son igualmente disímiles.

En el estudio de registrabilidad, la dirección encontró que, en vista de que ambos signos tienen naturaleza predominantemente denominativa, al enfrentarlos en su primer impacto general, sí son susceptibles de generar confusión.

Estableció que Castillo Lagomar desconoce los derechos de la marca opositora y que, efectivamente, su coexistencia en el mercado “podría inducir al error al consumidor a confundir el origen empresarial de los signos y pensar, con justa causa, que el empresario está desarrollando una nueva línea de negocio junto con una renovación marcaria, cuando realmente no es así”.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo Cabrera, Socio de Sergio Cabrera Abogados
  • Eduardo CabreraSocio de Sergio Cabrera Abogados

    “La valoración debe realizarse sobre el conjunto integral del signo y no de manera fraccionada, considerando todos los elementos nominativos, especialmente cuando se trata de marcas compuestas”.

Frente a la conexión competitiva se pronunció en favor de Lagomar y confirmó que sí existe “toda vez que las bebidas alcohólicas son productos altamente comercializados en hoteles, bares y restaurantes, constituyéndose en una fuente significativa de ingresos”.

Como resultado, declaró fundada la oposición por parte de Compensar y negó el registro de Castillo Lagomar para distinguir su nueva marca de vinos.

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