Dian
La Dian es la entidad encargada de garantizar la seguridad fiscal del Estado colombiano y la protección del orden público económico nacional, mediante la administración y cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Noticias
Opinión Asuntos Legales
Cuando los precios de transferencia pierden su sentido económico
Los ajustes de precios de transferencia deben corregir desviaciones frente a las condiciones de mercado, pero sin desconocer la realidad económica de las operaciones. El análisis plantea la necesidad de considerar límites basados en la proporcionalidad, la razonabilidad tributaria y la capacidad contributiva.
Opinión Asuntos Legales
Nueva posibilidad para evitar cobros de la Dian durante proceso judicial
Opinión Asuntos Legales
Decreto 1444 y lavado de activos en el comercio exterior
Últimas Noticias
Consultorio
Exógena en concesiones: ¿Quién reporta qué a la DIAN?
Las concesiones de infraestructura bajo asociaciones público-privadas tienen reglas específicas para reportar ingresos, pagos y retenciones en la información exógena de 2026. La distribución de estas obligaciones entre fiduciarias, concesionarios y mandatarios busca evitar inconsistencias y duplicidad de reportes ante la Dian.
Opinión Asuntos Legales
Consolidación fiscal: una señal de competitividad para Colombia
La consolidación fiscal permitiría que los grupos empresariales compensen utilidades y pérdidas entre sociedades bajo un mismo control, una medida que, según el autor, reduciría distorsiones tributarias y fortalecería los incentivos para invertir.
Opinión Asuntos Legales
La debida diligencia en el nuevo régimen sancionatorio aduanero
Judicial
Las sanciones a las que se expone si no presenta la declaración de renta
Abogados detallaron las multas, intereses y riesgos de incumplir con la Dian
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información
para su publicación
Contáctenos vía WhatsApp
ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA
Más Noticias
Consultorio
¿Quién es consumidor financiero?
La Corte Suprema precisó que las empresas, incluidas las grandes compañías y las entidades vigiladas, pueden ser consideradas consumidores financieros sin importar la finalidad con la que contraten productos o servicios financieros.